Cuando
ya tenemos claro qué
es lo queremos y por
fin lo hemos encontrado,
hemos cubierto la primera
parte del proceso.
Ahora
es cuando llega el momento
de alcanzar un compromiso,
lo habitual es comenzar
por una señalización
de la vivienda que queremos
comprar.
Hay
que ser cauteloso con
esta señalización.
Podemos realizarla de
dos formas:
-
A través de la
entrega de una cantidad
en concepto de paga
y señal, el dinero
entregado al vendedor
se convierte en parte
del precio final de
la vivienda. Cuando
se reserva de esta forma
estamos firmando un
documento que tiene
el mismo valor que el
contrato de compraventa
y, en caso de que cualquiera
de las partes se retracte,
la otra se encuentra
en su derecho de exigir
que se cumpla lo pactado
y que venda o pague
el bien en cuestión.
Lo
más habitual
es pues hacer la entrega
de un dinero en concepto
de arras, también
llamadas arras penitenciales.
Es una opción
de compra y tanto vendedor
como comprador pueden
retractarse de su decisión
. En caso de hacerlo,
al comprador le tocará
dar por perdida la cantidad
señalizada o,
al vendedor, si fuera
él quien se lo
piensa mejor, abonar
a la otra parte el doble
del importe recibido.
-Antes de la formalización
del contrato de compraventa,
incluso, como ya hemos
dicho, de dar señal
o dinero alguno, es
muy importante pasarse
por el Registro de la
Propiedad para pedir
un informe sobre la
situación actual
de la vivienda que queremos
comprar.
Se
trata de un organismo
público en el
que están inscritos
los bienes inmuebles
de cada localidad y
donde, con una sencilla
consulta mediante una
nota simple informativa,
podrá comprobar
que el vendedor es el
auténtico propietario
de la vivienda, que
está libre de
cargas como antiguas
hipotecas, embargos,...
En otras palabras, el
Registro supone una
garantía ya que
nos informa de lo que
compramos, a quien se
lo compramos y el estado
de cargas del inmueble.